Derecho matrimonial

INDICE
¿Cuál es la diferencia entre separación, divorcio y nulidad?
Los católicos y el matrimonio
Matrimonio civil y unión libre
Matrimonio de personas con distinta religión
Separación por la Iglesia (relación con el divorcio civil)
Sobre la nulidad matrimonial
La Eucaristía en matrimonios con situación irregular
Anexo: Más sobre la nulidad


¿Cuál es la diferencia entre separación, divorcio y nulidad?

Lo que ha Dios unido no lo separe el hombre”. En esta profunda cita bíblica quedan encerrados todos los deberes que adquieren las parejas cuando reciben el sacramento del matrimonio.
Según esta premisa, los matrimonios para tomar la decisión de separarse en cuerpo y alma de manera definitiva, deben haber hecho hasta lo imposible para sacar adelante su relación.

Divorcio y separación
Disolver (divorcio) supone que antes había un lazo que después se desata. Anular (nulidad) es declarar que no hubo lazo. No puede deshacerse, por la sencilla razón de que no existió antes. Podría darse el caso de que unos novios que celebran su unión ante el magistrado civil pudieran solicitar, en ese mismo ámbito, la nulidad por motivos como: incapacidad, falta de requisitos exigidos en el ámbito civil, etc. Y eso no sería tampoco divorcio.

El divorcio es un concepto que no existe en el ámbito de la Iglesia. En la Iglesia y para la Iglesia, la unión de un hombre y una mujer, si fue verdadero matrimonio, fue matrimonio para siempre. Esto podría resumirse en estas palabras: unidad e indisolubilidad, que llevan dentro de sí la fidelidad. En la doctrina de la Iglesia el matrimonio es la alianza de un varón y de una mujer, y para siempre.

En la Iglesia existe, para situaciones extremas, la separación, cuando se demuestra que la convivencia es imposible y lleva consigo un daño serio para alguno de los cónyuges o los hijos. En este caso el vínculo sigue existiendo y los cónyuges no pueden volver a casarse. La Iglesia hace procesos en los tribunales eclesiásticos a petición, generalmente de uno, o de ambos contrayentes, que tengan un matrimonio canónico; y en el caso de que la petición (demanda) sea de nulidad del matrimonio, lo que los tribunales eclesiásticos hacen es declarar que no existió tal matrimonio, no disolverlo, si es que ello se demuestra.

La nulidad
Los trámites de una nulidad pasan, como mínimo, por dos sucesivos tribunales (primera y segunda instancia); cada uno de los dos tribunales está integrado por tres jueces; y la sentencia no es firme mientras no sean coincidentes ambos tribunales; y en caso de no serlo, cabe una tercera instancia que resuelve la discordancia anterior. Dada la dificultad y especialización de estos procesos, cada diócesis tiene una asesoría previa donde orientan a los esposos antes de realizar los primeros trámites para evitar gastos y pérdidas de tiempo, y con la única finalidad de ayudar eficazmente y sin dispendios, incluyendo los visos de probabilidad o no para que prospere la causa. Los diversos plazos de cada trámite procesal, desde que se presenta la demanda hasta que se resuelve con la sentencia, están minuciosamente marcados en el Derecho Canónico.

Una causa de nulidad del matrimonio, cualquier causa, ha de ser anterior al contraer. Algo que se diera sólo posteriormente, aunque fuera al día siguiente de la boda, no sería causa de nulidad. Esto es necesario repetirlo y clarificarlo: no es lo mismo matrimonio fracasado que matrimonio nulo. El hecho de que un matrimonio no llegue a feliz puerto no quiere decir que ese matrimonio fue nulo el día que se contrajo. Pero tampoco hay que confundir una causa de nulidad que se detecte después de contraer, pero que existía desde antes; esa causa sí puede dar origen a la nulidad.
Fuente: conoze.com
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Los católicos y el matrimonio
¿Por qué la Iglesia Católica puede legislar y juzgar sobre el matrimonio?
La Iglesia, que es una sociedad con una estructura de gobierno, tiene autoridad para legislar, porque Jesús dio a Pedro el poder de atar y desatar, enseñar lo que El enseñó, y administrar los sacramentos. Los fieles católicos deben acatar las disposiciones de la autoridad competente.

Con relación al matrimonio como institución natural, la Iglesia enseña, a todos los hombres, las características del matrimonio que son conocibles también por la razón humana.

¿Qué es el matrimonio católico?
Es la misma institución de orden natural que para los bautizados es, además, un sacramento. El Catecismo de la Iglesia lo define con estas palabras: “La alianza matrimonial, por la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida, ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación y educación de la prole, fue elevada por Cristo Nuestro Señor a la dignidad de sacramento entre bautizados.

¿Qué características tiene el matrimonio como institución natural?
Es el compromiso permanente de un hombre y una mujer, para amarse y trasmitir la vida humana.

¿Qué añade el sacramento al matrimonio natural?
Cuando unas personas bautizadas contraen matrimonio católico, a las características naturales se le añade la gracia sacramental, por la que el matrimonio se convierte en camino de salvación y redención.

¿Qué otros aspectos considera la Iglesia sobre el matrimonio?
Es el ámbito natural para el amor de los esposos, hombre y mujer.
Los hijos son una bendición de Dios.
Es camino de santidad, es decir un modo de vivir la vocación cristiana con plenitud
Aunque presenta dificultades como todo ideal humano, es fuente de alegrías y de realización personal, cuando se vive con espíritu de servicio y amor de Dios.

Sobre el matrimonio se construye la familia, que es la célula básica de la Iglesia (Iglesia domestica) y de la sociedad.

Qué se necesita para casarse por la Iglesia?
Partidas de bautismo recientes.
Cursillo prematrimonial.
Registro civil de nacimiento (se pide para saber en donde se registra el matrimonio para que tenga efectos civiles ante el Estado colombiano, en nuestro caso)
Estar confirmado (certificado).
Autorización de los papás si el hombre tiene entre 16 y 18 años sin cumplir, y la mujer entre 14 y 18 años no cumplidos.
Expediente matrimonial hecho en la parroquia de uno de los contrayentes.
Certificado de soltería expedido por el párroco de la parroquia en donde se tiene el domicilio (en caso de que no se casen en la parroquia en donde se vive).
Para celebrar el matrimonio se requieren dos testigos.
Para recibir el sacramento del matrimonio se debe estar en gracia de Dios.

¿Qué es un cursillo prematrimonial?
Es un curso para profundizar en la realidad del matrimonio y mejorar el conocimiento mutuo de la pareja. Se estudia la convivencia, los derechos y las obligaciones, todo lo que respecta a los hijos, las principales dificultades y los medios de solución. El fundamento del curso es la Revelación de Dios a la Iglesia y la metodología suele ser muy práctica, contando con la experiencia de especialistas.
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Matrimonio civil y unión libre
¿Qué diferencia existe entre casarse por la Iglesia y por lo civil?
El hecho de que el matrimonio católico sea un sacramento significa que los esposos reciben una ayuda especial de Dios para vivir esta realidad humana. Participan del plan creador y salvador de Dios.
El católico, por ser bautizado, sólo se casa realmente si asume el matrimonio elevado a la categoría de sacramento; de otra manera (por ejemplo, casándose por lo civil) realiza un concubinato.
El que se casa por la Iglesia debe registrar su matrimonio en notaría ( en la que se hizo el registro civil de nacimiento), para que el matrimonio católico tenga plenos efectos civiles.

¿Es lo mismo la unión libre que el matrimonio civil?
Ambas son realidades desordenadas respecto al plan de Dios.
La unión libre manifiesta ausencia total de compromiso e institucionalidad. El matrimonio civil, aunque manifiesta que se desea acoger las disposiciones legales vigentes, manifiesta una voluntad firme de no contraer matrimonio católico.
Ante el Estado, según la ley vigente en Colombia, pasado un tiempo tiene, en general, las mismas consecuencias la unión libre y el matrimonio civil.

¿Cómo puede una pareja que lleva muchos años de unión libre casarse por la Iglesia?
Lo más práctico es hablar con el párroco propio o el de la Iglesia en donde se van a casar. Podrían dispensarlos de Cursillo prematrimonial, si se ve oportuno, y puede celebrarse en una ceremonia privada.
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Matrimonio de personas de distintas religiones
¿Se pueden casar dos personas de religiones distintas?
Si. Hay dos posibilidades:

Los matrimonios mixtos, en los que las dos partes son bautizadas válidamente pero una de ellas en una religión distinta a la católica.
El matrimonio con disparidad de cultos: en éstos uno de los contrayentes es católico y el otro carece de bautismo válido.
En los dos casos se debe pedir dispensa del Ordinario del lugar. Si en el segundo caso no se pide esta dispensa, el matrimonio es nulo.

¿Se puede casar un católico con una persona que no tiene ninguna religión?
Si se pueden casar, como en el caso de la disparidad de cultos mencionado antes.
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Separación por la Iglesia (relación con el divorcio civil)
¿Qué diferencia existe entre divorcio civil y separación de cuerpos en la Iglesia?
En la legislación de la Iglesia no existe la figura del divorcio en el matrimonio. Sería una ficción en la que se supondría que el matrimonio existente no existe y no tiene efectos, cuando realmente no ha dejado de existir. En otras palabras, sería un absurdo, una suposición.
La separación de cuerpos de los esposos consiste en que, siguiendo vigente el matrimonio y el vínculo matrimonial, los esposos, por ciertas causas, pueden separarse físicamente y cesar entre ellos los derechos y las obligaciones que tenían.

¿Qué causas acepta la Iglesia para que un matrimonio se separe?
El adulterio es causa de separación perpetua si el cónyuge inocente lo desea así.
Un grave peligro corporal o espiritual para el cónyuge o los hijos.
Hechos o circunstancias que hagan demasiado dura la vida en común
Legalmente puede bastar el mutuo acuerdo para que se dé la separación. Desde el punto de vista moral, debe existir una causa justificada, pues sin justa razón no se pueden dejar de cumplir los deberes conyugales.

¿Un católico puede pedir el divorcio civil?
En los países donde existe la separación de cuerpos para los católicos, como medio para resolver legalmente situaciones en que se haga difícil la convivencia matrimonial, no se debe pedir.
En países en donde no exista la figura de la separación de cuerpos, sino el divorcio únicamente, el católico puede recurrir a esa figura para lograr los efectos que le proporciona la separación de cuerpos; pero debe evitar el escándalo, o que alguien se confunda o se desedifique.

¿Qué efectos civiles tiene la separación del matrimonio católico?
Sigue vigente el vínculo matrimonial; no pueden volverse a casar.
No es exigible el débito conyugal
Cesan los demás derechos y obligaciones propios de la convivencia.
Se disuelve la sociedad conyugal, si se pide adicionalmente al juez.
Podrían unirse nuevamente, suspendiendo la separación.

¿Qué ocurre si un católico pide el divorcio civil?
En principio atenta contra la ley de Dios, pues el matrimonio católico y el matrimonio natural, en su caso, permanecen siempre ante Dios.

¿Puede una persona separada volverse a casar?
No. Con la separación de cuerpos el vínculo matrimonial sigue existiendo.

¿Cómo se tramita una separación de cuerpos de un matrimonio católico?
Se tramita ante los tribunales del Estado (Jueces de familia). En una parte del proceso audiencia de conciliación o antes, puede intervenir la Iglesia a través de un asesor matrimonial para verificar que no hay otra alternativa distinta a la separación, y por tanto se autoriza su trámite legal.
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Sobre la nulidad matrimonial
¿Qué es la nulidad matrimonial?
Es la ausencia de validez de un matrimonio católico, reconocida por un tribunal eclesiástico. Es decir la Iglesia, después de una cuidadosa investigación, declara que en realidad nunca existió ese matrimonio, porque faltó alguna condición esencial.

¿Cuándo se puede y se debe pedir la nulidad de un matrimonio católico?
Se puede pedir la nulidad cuando hay la sospecha con razones de peso de que existe una causal que hace el matrimonio inválido. Se debe adelantar el proceso de nulidad después de agotar las posibilidades de sanear el vicio que pueda tener el matrimonio y de sacar el matrimonio adelante.

¿Qué causas hacen que un matrimonio se declare nulo?
Hay muchas causas:
Por incapacidad de las partes. Por ejemplo: si no tienen la edad mínima exigida; o son del mismo sexo, o si son hermanos; o en caso de que uno de los contrayentes tenga un matrimonio previo vigente.
Por vicios de consentimiento. Se señalan 3

Quien no tiene suficiente uso de razón (el retrasado mental).
Quien no tiene la madurez suficiente para consentir sobre esas obligaciones y derechos (inmadurez).
Quienes no pueden asumir las obligaciones del matrimonio por causas de naturaleza psíquica (un psicópata, por ejemplo).
Por vicios en la forma de realizar el matrimonio. Sería el caso, cuando los novios no dan el consentimiento ante el párroco o el delegado por el párroco, por ejemplo.

¿Qué diferencia existe entre nulidad matrimonial y separación de cuerpos?
El efecto de la declaración de nulidad es admitir que el matrimonio nunca existió y las partes no tienen ningún vínculo entre ellas; son solteras. En la separación, el vínculo matrimonial permanece, pero cesan los efectos de la convivencia, los derechos y deberes conyugales.

¿Qué efectos civiles tiene la nulidad del matrimonio católico?
El Estado colombiano da valor a la sentencia de los tribunales eclesiásticos cuando se registra. Concede los mismos efectos que tiene una sentencia de nulidad de un matrimonio civil.

¿Qué ocurre con los hijos de un matrimonio declarado nulo?
Los hijos siguen siendo considerados como legítimos ante el derecho. A ellos no los afecta la nulidad en su condición ante la ley.

¿Cuánto cuesta adelantar un proceso de nulidad en un tribunal eclesiástico?
Los Tribunales cobran según la capacidad de la persona. Así como hay personas que pueden pagar, otras tienen atención gratuita o patrocinada. Hay que anotar que no es necesario contratar abogado, pues se puede actuar directamente ante el tribunal eclesiástico.

¿Una persona cuyo matrimonio fue nulo puede volverse a casar?
Si puede volverse a casar. En algunos casos, cuando se comprueba que una de las partes incurrió en causal de nulidad y que la sigue teniendo (por ejemplo, sigue siendo inmaduro), se le prohíbe contraer hasta comprobar que ya no sufre la causal. Eso lo verifica el tribunal eclesiástico.
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La Eucaristía para matrimonios en situación irregular
¿Una persona separada puede comulgar?
Si se separó de la forma debida, con justa causa, puede comulgar. De otra forma incurre en un abandono indebido de sus obligaciones matrimoniales y, probablemente, no debe comulgar.

¿Una persona casada por lo civil puede comulgar?
No puede comulgar, pues no asume el matrimonio como Dios manda.

¿Una persona que vive en unión libre puede comulgar?
No puede comulgar, en principio. En ciertos casos, con el permiso de la autoridad eclesiástica, y cumpliendo unos requisitos –vivir como hermanos, no escandalizar, tener causa que justifique vivir bajo el mismo techo- podría hacerlo.

¿Una persona divorciada, siendo casada por lo católico, puede comulgar?
Si es divorciada de un matrimonio civil puede hacerlo; pero es divorciada civilmente de un matrimonio católico, no puede comulgar.

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